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¡Resuelve tus dudas!


¿Quién no se ha planteado alguna vez este tipo de cuestiones jurídicas?
¿Estando embarazada me pueden despedir?
¿Qué diferencia hay entre una separación y un divorcio?
¿Puedo denunciar a mi vecina del cuarto por poner la música tan alta?
¿Es legal que me llamen las compañías de teléfonos para ofrecerme promociones?
¿Qué trámites tengo que hacer ahora que ha fallecido mi padre? 
 
Seguro que a muchos de vosotros os surgen en vuestro día a día múltiples cuestiones legales relacionadas con todos los ámbitos del Derecho: penal, civil, laboral, matrimonial etc. Ya sea porque se trate de una duda vuestra, la de un familiar o un compañero de trabajo.
 
En ABOGÁTICA somos conscientes de ello, por lo que hemos querido poner el mundo del Derecho al alcance de todos, creando un apartado específico en nuestra página web donde poder dar respuesta a todas vuestras dudas, con un lenguaje comprensible para los no tengan conocimientos jurídicos. 

Por ello, de forma periódica plantearemos las dudas legales más frecuentes, a las que daremos una respuesta clara y sencilla, a fin de que siempre estéis informados de vuestros derechos. Asimismo, también ponemos a vuestra disposición una herramienta situada al final de cada entrada, en la que podréis plantearnos vuestras dudas sobre el tema que se ha tratado, e incluso hacernos vuestras sugerencias sobre los temas a tratar objeto de vuestro interés.
 
Esperamos que los contenidos de este apartado sean de vuestro interés.
 
pensión de alimentos y gastos extraordinarios
Por Angela Navarro Pérez 19 de noviembre de 2019
Pensión de alimentos y gastos extraordinarios, la guía definitiva.
Por Jorge Gregori Such 19 de noviembre de 2019
La Ley de Extranjería y su Reglamento de desarrollo, prevé que las renovaciones de los permisos de residencia y trabajo han de presentarse durante los 60 días naturales previos a la fecha expiración de la tarjeta o autorización. También cabe presentar la solicitud de renovación dentro de los 90 días naturales posteriores a la fecha de vencimiento de la tarjeta, aunque lo recomendable siempre es presentar la petición antes de que ésta haya vencido, para evitar así posibles expedientes administrativos sancionadores. La mera petición de renovación es suficiente para entender prorrogada la validez de la tarjeta anterior hasta la resolución del procedimiento, siendo documento suficiente para permanecer en territorio nacional. Si al presentar nuestra renovación no se han aportado todos los documentos o requisitos que la Ley exige, la Administración deberá notificar un requerimiento para subsanación de la misma, y así poder completarla formalmente y que continúe el procedimiento su curso hasta su resolución final. Por ejemplo por no haber aportado el pago de la pertinente tasa. En cuanto al plazo para resolver de la Administración, ésta dispone de 3 meses. Si transcurrido este plazo no ha sido resuelta la renovación, se entenderá que ha sido concedida o estimada, por aplicación del silencio administrativo positivo, que regula y es de aplicación en la Ley de Procedimiento Administrativo y de las Administraciones Publicas. Llegado este momento, la Administración no podrá entrar en el fondo del asunto, valorando otras circunstancias personales del extranjero, como pudieran ser posibles antecedentes penales no cancelados, falta de periodos de cotización, no haber buscado activamente empleo mediante suscripción en los Servicios Públicos de Empleo, etc., deberá proceder a resolver favorablemente o expedir el llamado certificado de silencio administrativo positivo. De este modo, recibida en forma cualquiera de las dos comunicaciones, el extranjero deberá solicitar en el plazo de 1 mes la expedición de su Tarjeta de identidad de Extranjero, ante las dependencias de la Comisaria de Policía Nacional que le corresponda, según su domicilio. Éste ha sido precisamente el resultado obtenido recientemente por una ciudadana extranjera, que procedió a renovar su segunda tarjeta de residencia y trabajo, y tras serle denegada inicialmente y confiar su pretensión a nuestro Despacho Abogatica en Alicante, ha visto concedida su solicitud de renovación por silencio administrativo, previa interposición de un Recurso de Reposición ante la Oficina de Extranjería de Alicante. En breve realizará el trámite de la huella y dispondrá de su tercera tarjeta de residencia y trabajo, quedando de nuevo en situación legal en España. Puedes ver la resolución abajo. Si tienes cualquier duda o consulta sobre temas de Extranjería, no dudes en contactar con nosotros. Te estamos esperando.
Por Angela Navarro Pérez 19 de noviembre de 2019
¿Por qué es importante hacer testamento cuando se tienen hijos? ¿Tanto cuando estás felizmente casado como cuando estás divorciado? Cuando todo nos va bien, parecemos olvidar que desgraciadamente la vida da giros imprevisibles y todo nuestro mundo puede cambiar radicalmente en cuestión de segundos. Pongamos por caso, unos padres que salen de viaje y sufren un accidente de que les cuesta la vida. ¿Qué pasaría con sus hijos? ¿Quién se haría cargo de ellos? Si los padres fallecen sin haber otorgado testamento, no habiendo expresado por tanto su voluntad sobre quién se quedaría a cargo de sus hijos en esas circunstancias, nos encontramos con una gran problemática. En este caso, sería el Juez quien debería determinar el tutor de los menores. Y si hay muchos familiares dispuestos por ambas líneas (padres, hermanos,…), se pueden generar grandes tensiones familiares que en la mayoría de ocasiones se vuelven irreconciliables, y acaban afectando también a los menores. Y en el peor de los casos, en el supuesto de que ningún familiar pudiese hacerse cargo de los niños, éstos podrían incluso terminar en un centro de menores. Por ello, tal y como decíamos antes, cuando la vida nos va bien, no queremos ser catastrofistas y pensar que algo malo nos pueda ocurrir, sin embargo, ése es precisamente el momento de ser previsores y dejarlo todo atado por el bien de nuestros hijos, e incluso el de nuestros familiares. Por otro lado, también es importante otorgar testamento cuando estás divorciado. Sobre todo, si tu divorcio fue contencioso y no guardas una buena relación con tu ex pareja. ¿Y eso por qué? Porque si tú falleces mientras tus hijos todavía son menores, la herencia que les pudiera corresponder a los niños, la administrará tu ex pareja, por ser el progenitor superviviente. Sin embargo, esta es una circunstancia que se puede evitar otorgando testamento, puesto que en él se puede nombrar a una persona de tu confianza para que administre la herencia de tus hijos, evitando de este modo que tu ex pareja pueda acceder a ella. Por todo ello, no olvides que otorgar testamento, te permite tener resueltos estos y otros problemas con la antelación debida. Puedes nombrar herederos, dejar el patrimonio repartido en legados, nombrar sustitutos, nombrar un tutor para los menores, designar administradores y evitar así litigios entre los herederos etc. Para esta y otras cuestiones hereditarias, no dudes en contactar con nosotros.
Por Marcos Cascales Dorta 12 de noviembre de 2019
Despido estando embarazada
Por Ángela Navarro Pérez 12 de noviembre de 2019
La diferencia entre una separación y un divorcio
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